RESOLUCION
APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2007
CONSIDERANDO QUE:
a) La cuota social
mensual de CADAV no se modifica desde el año 2002
b) Las normas legales en vigencia prohiben el cobro de cualquier tipo
de arancel dentro de las instalaciones del CeNARD y que el convenio
celebrado con las autoridades de la Secretaría de Deporte de
la Nación para uso de las instalaciones así lo manifiesta.
c) La compra de medallas para entregar como premio en los torneos,
constituyen el mayor gasto que debe realizar CADAV.
d) En muchos casos y dado que en algunas pruebas y categorías,
por la escasa cantidad de participantes no llega a cubrirse el costo
de tal premiación.
e) En las actuales circunstancias económicas, la Institución
debe realizar propuestas financieras que le permitan mantener el ritmo
de la actividad, pero afectando lo mínimo indispensable el
“bolsillo de los socios”
SE RESUELVE:
a) Establecer
en $ 10.- (Diez pesos) el valor de la cuota social
mensual
b) Establecer un arancel mensual único de $ 5.- (Cinco
pesos) que habilita a los socios a participar libremente
en todos los torneos y pruebas que desee durante ese mes.
c) Que CADAV entregará 1 (una) medalla recordatoria por torneo
(NO POR PRUEBA) a aquellos socios que logren acceder al 1ro, 2do y/o
3er lugar en al menos una de las pruebas en las que participe en ese
torneo.
Se deja expresa constancia que esta normativa no rige para el Campeonato
Nacional de Combinadas (organizado por CADAV), ni para futuros Campeonatos
Metropolitanos.
DESDE TESORERIA
SE INFORMARÁ LA FORMA EN QUE SE LLEVARÁ A CABO PRACTICAMENTE,
ESTA NUEVA DISPOSICIÓN
CÍRCULO
ARGENTINO DE ATLETAS VETERANOS
DESDE HACE 39 AÑOS, TRABAJANDO, PARA EL ENGRANDECIMIENTO DEL
ATLETISMO
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