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RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2007

CONSIDERANDO QUE:

a) La cuota social mensual de CADAV no se modifica desde el año 2002
b) Las normas legales en vigencia prohiben el cobro de cualquier tipo de arancel dentro de las instalaciones del CeNARD y que el convenio celebrado con las autoridades de la Secretaría de Deporte de la Nación para uso de las instalaciones así lo manifiesta.
c) La compra de medallas para entregar como premio en los torneos, constituyen el mayor gasto que debe realizar CADAV.
d) En muchos casos y dado que en algunas pruebas y categorías, por la escasa cantidad de participantes no llega a cubrirse el costo de tal premiación.
e) En las actuales circunstancias económicas, la Institución debe realizar propuestas financieras que le permitan mantener el ritmo de la actividad, pero afectando lo mínimo indispensable el “bolsillo de los socios”

SE RESUELVE:

a) Establecer en $ 10.- (Diez pesos) el valor de la cuota social mensual
b) Establecer un arancel mensual único de $ 5.- (Cinco pesos) que habilita a los socios a participar libremente en todos los torneos y pruebas que desee durante ese mes.
c) Que CADAV entregará 1 (una) medalla recordatoria por torneo (NO POR PRUEBA) a aquellos socios que logren acceder al 1ro, 2do y/o 3er lugar en al menos una de las pruebas en las que participe en ese torneo.

Se deja expresa constancia que esta normativa no rige para el Campeonato Nacional de Combinadas (organizado por CADAV), ni para futuros Campeonatos Metropolitanos.

DESDE TESORERIA SE INFORMARÁ LA FORMA EN QUE SE LLEVARÁ A CABO PRACTICAMENTE, ESTA NUEVA DISPOSICIÓN

CÍRCULO ARGENTINO DE ATLETAS VETERANOS
DESDE HACE 39 AÑOS, TRABAJANDO, PARA EL ENGRANDECIMIENTO DEL ATLETISMO